El suplemento La Jornada del Campo aborda en su edición 174 la histórica Demanda Colectiva en defensa del maíz nativo en México.
Las acciones colectivas entraron tarde a México, hasta 2012, mientras que en otras partes del mundo se desarrollaron desde hace 40 años, con su aplicación temprana en Estados Unidos, y durante los años 80 en Brasil y Colombia.
La reforma que incorporó las acciones colectivas en la Constitución Mexicana partió de la exigencia civil debido a la indefensión individual para la protección de derechos colectivos y difusos, con énfasis en materia de preservación del medioambiente y los derechos de personas usuarias y consumidoras.
Desde nuestra colectividad demandante contra el maíz Genéticamente Modificado (GM), aprovechamos esa coyuntura y en julio de 2013, 53 personas y 20 organizaciones campesinas, indígenas, académicas, científicas, artísticas, de consumo y gastronomía, interpusimos una demanda colectiva de acción difusa, solicitando NO una compensación económica, sino que los tribunales federales declaren que la liberación o siembra de maíces transgénicos afectará irreversiblemente la diversidad biológica de los maíces nativos de las generaciones actuales y futuras; así como los derechos a la alimentación y a la salud.
Para mantener esta lucha de largo aliento que lleva ya 8 años y medio, un elemento fundamental ha sido la medida precautoria concedida en septiembre de 2013, que impide la siembra comercial de maíz genéticamente modificado en México, centro de origen y diversificación constante del maíz, mientras el juicio continúe. Esto nos ha permitido evitar la contaminación de nuestros maíces nativos mientras se dirime el juicio. Esta ha sido una de las mayores victorias: la suspensión de permisos de siembra de maíz GM en todo el país.